¿Sabes que es la discrepancia fiscal?
-
Posted by admin
- Posted in Consultoría
Las personas físicas podrán ser objeto del procedimiento de discrepancia fiscal cuando se compruebe que el monto de las erogaciones en un año de calendario sea superior a los ingresos declarados por el contribuyente, o bien a los que le hubiere correspondido declarar.
Art. 91 LISR primer párrafo.