¿Sabes cuales son los requisitos para deducir colegiaturas?
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Conforme al decreto publicado en el DOF el 15 de febrero de 2011, por el que se otorga un estimulo fiscal a las personas físicas en relación con los pagos por servicios educativos estos son:
- Que los pagos se realicen a instituciones educativas privadas que tengan autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios en los términos de la Ley General de Educación.
- Que los pagos sean para cubrir únicamente los servicios correspondientes a la enseñanza del alumno, de acuerdo con los programas y planes de estudio que en los términos de la Ley General de Educación se hubiera autorizado para el nivel educativo de que se trate.
- El pago de colegiaturas debe realizarse por transferencia, tarjeta de crédito o débito, cheque nominativo (no efectivo ni cheques al portador).
Será requisito obligatorio para poder realizar la deducción, presentar las facturas mensuales de cada pago de colegiatura y registrarlas al realizar la declaración anual.