IMPUESTO SOBRE AUTOMÓVILES NUEVOS
-
Posted by admin
- Posted in Consultoría
De acuerdo al artículo 1º de la Ley Federal del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos las personas físicas y las morales que realicen los actos siguientes están obligadas al pago del impuesto:
- Enajenen automóviles nuevos. Se entiende por automóvil nuevo el que se enajena por primera vez al consumidor por el fabricante, ensamblador, distribuidor autorizado o comerciante en el ramo de vehículos
- Importen en definitiva al país automóviles, tratándose de personas distintas al fabricante, ensamblador, distribuidor autorizado o comerciante en el ramo de vehículos.
La base del impuesto se determinará por el valor del automóvil, el equipo opcional, común o de lujo, sin disminuir el monto de los descuentos o bonificaciones. A su vez el impuesto al valor agregado que cause no formará parte de la base del impuesto.
El impuesto se calculará aplicando la siguiente tarifa:
TARIFA
Límite inferior$ | Límite superior$ | Cuota fija$ | Tasa para aplicarse sobre el excedente del límite inferior % |
0.01 | 233,343.40 | 0.00 | 2.0 |
233,343.41 | 280,012.02 | 4,666.79 | 5.0 |
280,012.03 | 326,680.83 | 7,000.33 | 10.0 |
326,680.84 | 420,017.94 | 11,667.19 | 15.0 |
420,017.95 | En adelante | 25,667.73 | 17.0 |
Si el precio del automóvil es superior a $644,340.50 se reducirá del monto del impuesto determinado la cantidad que resulte de aplicar el 7% sobre la diferencia entre el precio de la unidad y los $644,340.50
Cabe señalar que los pagos provisionales se efectuaran a más tardar el día 17 de cada uno de los meses del ejercicio respecto de las enajenaciones realizadas en el mes inmediato anterior.